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Artículo 3 de la Ley 20.735

Modifica algunos aspectos previsionales de las fuerzas armadas, fuerzas de orden y seguridad pública y gendarmería de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1060194 / 9417645.

Texto oficial

Artículo 3º.- Agrégase al final de la letra c) del artículo 10 de la ley Nº 16.258, después del punto final, que pasa a ser punto seguido, la siguiente frase: "Este descuento sólo se efectuará hasta que el beneficiario de la respectiva pensión cumpla los 65 años de edad".