Texto oficial
Art. 7.° Las modificaciones que introduce esta lei en la de 22 de diciembre de 1891, rejirán solo hasta el dia en que esta última éntre en vijencia.
Municipalidades.- impuesto sobre los haberes muebles e inmuebles
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1061896 / 9441367.