Texto oficial
Art. 28. Los directores y subdirectores de Escuelas Normales y los directores de Escuelas Anexas de Aplicación podrán desempeñar hasta cuatro horas semanales de clase con la remuneración correspondiente y sus aumentos trienales.
Decreto Con Fuerza de Ley 5100
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1062509 / 9463272.