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Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 5100

Decreto Con Fuerza de Ley 5100

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1062509 / 9463272.

Texto oficial

Art. 28. Los directores y subdirectores de Escuelas Normales y los directores de Escuelas Anexas de Aplicación podrán desempeñar hasta cuatro horas semanales de clase con la remuneración correspondiente y sus aumentos trienales.