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Artículo PRIMERO de la Ley 20.754

Aumenta bonificación por calidad de satisfacción al usuario, para los funcionarios del servicio de registro civil e identificación, establecida en la ley nº 20.342

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1062952 / 9477900.

Texto oficial

Artículo primero.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley durante el año 2014 se financiará con cargo al presupuesto del Servicio de Registro Civil e Identificación. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con los referidos recursos.