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Artículo de la Ley S/N · Eleccion popular de cabildos

Eleccion popular de cabildos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1063096 / 9486614.

Texto oficial

1.° "Los pueblos elejirán popularmente sus cabildos. 2.° La eleccion se hará el mismo dia que la de los gobernadores, y en la misma forma."