Texto oficial
18. Se entiende que la persona del autor no puede ser habida, no solo cuando falta del lugar del juicio, sino tambien cuando por su carácter no pudiere comparecer ante los juzgados o tribunales de la República, cuando se hallare sufriendo prision o presidio, o cuando se hallare procesado por delito que merezca mayor pena que el mínimum que señala esta lei para castigar los abusos de imprenta.