Texto oficial
Art. 112. El que con palabras descompuestas provocativas exitare tumulto, o faltare a los respetos de la mesa o colejio electoral, será conducido a prision i juzgado.
Lei de elecciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1067200 / 9521694.