Texto oficial
1.- Que a partir del diez de octubre del presente año todos los asuntos concursales cuyo conocimiento corresponde a los Juzgados de Letras Civiles de Copiapó, deberán ser ingresados por los interesados en la Oficina de Distribución de Causas de la Secretaría de la Corte de Apelaciones de esta ciudad, con las mismas menciones que al efecto establecía el auto acordado respectivo, el que deberá aplicarse en forma supletoria.
2.- Que estas demandas se someterán a la distribución automática, aleatoria y equitativa entre los Juzgados de esta ciudad, de acuerdo al sistema de distribución de causas adoptado en virtud del auto acordado de 22 de abril de 2003.
3.- Que la distribución se efectuará entre los tribunales cuyos jueces hayan recibido la capacitación impartida por la Academia Judicial. En el caso de aquellos tribunales, cuyos jueces no cuenten con perfeccionamiento, estos serán incorporados al sistema a medida que lo hayan realizado, lo que deberá ser informado oportunamente por la Academia Judicial.