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Artículo 6 de la Ley S/N · Constitución política de la república dictada en 1823

Constitución política de la república dictada en 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1067969 / 9515487.

Texto oficial

Art. 6.° Ninguna orden del Poder Ejecutivo, podrá cumplirse si no corre autorizada del Ministro de Estado del respectivo Departamento i el que la cumpliere es responsable.