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Artículo 9 de la Ley S/N · Constitución política de la república dictada en 1823

Constitución política de la república dictada en 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1067969 / 9515491.

Texto oficial

Art. 9.° Se entienden por notorios o reclamados dichos abusos: 1.° Si se acusa o denuncia públicamente al funcionario; 2.° Si la denuncia es secreta pero detallando hechos; 3.° Si son sindicados por medio de la imprenta; 4.° Si por informe de la mayor parte de los funcionarios que residen en el lugar o provincia del indiciado se justifica que se habló con jeneralidad de sus abusos. Estos informes asertivos jamas serán ménos de cuatro.