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Artículo 11 de la Ley S/N · Constitución política de la república dictada en 1823

Constitución política de la república dictada en 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1067969 / 9515493.

Texto oficial

Art. 11. En cualquiera de los casos espuestos, debe pasar inmediatamente el Senado a los jueces respectivos una instruccion de los hechos o sospechas para que procedan a una pesquisa secreta i resultando de ella el abuso o fuertes indicios, pronunciará su veto o suspension del funcionario, para que siendo legalmente acusado por los ministros públicos, se purgue o condene.