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Artículo 39 de la Ley S/N · Constitución política de la república dictada en 1823

Constitución política de la república dictada en 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1067969 / 9515524.

Texto oficial

Art. 39. Se encarga al Poder Ejecutivo los mas prontos i copiosos socorros que puedan suministrarse al Perú, a cuyo efecto desde el día de su instalacion nombrará una comision, que prepare lo conveniente, i una persona bajo cuya superintendencia se ajite i realice con la mayor celeridad dicha espedicion, procediendo en el nombramiento de jefes i demas, conforme a la Constitucion de 1818, que rejirá hasta la que forme el Congreso en cuanto no se oponga a esta acta.