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Artículo PRIMERO de Auto Acordado S/N

Auto acordado de la corte de apelaciones de concepción sobre distribución de demandas en el procedimiento concursal contemplado en la ley 20.720

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1068723 / 9521565.

Texto oficial

Primero: Que a partir del 9 de octubre de 2014, todas las demandas concursales cuyo conocimiento corresponde a los Juzgados de Letras Civiles de Concepción y de Talcahuano, deberán ser ingresadas por los interesados en la Oficina de Distribución de Causas de la Secretaría de la Corte de Apelaciones de esta ciudad.