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Artículo PRIMERO de Auto Acordado S/N

Auto acordado de la corte de apelaciones de rancagua sobre distribución de procedimiento concursales contemplados en la ley nº20.720

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1068724 / 9521857.

Texto oficial

Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 3º de la ley Nº20.720, que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo, cuya vigencia se encuentra diferida para el 10 de octubre de 2014 y las instrucciones impartidas por la Excma. Corte Suprema al respecto, esta Corte de Apelaciones de Rancagua debe determinar la forma en que se distribuirán las causas concursales, contempladas en la misma, entre los juzgados de letras asiento de Corte de la jurisdicción.