Texto oficial
Art. 15. Para ser alumno del Conservatorio Superior de Música, será necesario:
a) Haber hecho estudios completos en un Liceo Musical o en una seccion anexa a un establecimiento de instruccion secundaria, o en su defecto, acreditar en un examen de admision, que el candidato está en posesion de los conocimientos correspondientes;
b) Haber rendido cuarto año de humanidades para ingresar a las secciones a) y b) del artículo 12, y haber rendido satisfactoriamente tercer año de humanidades para la seccion c) del artículo citado.
El Consejo de Enseñanza Musical podrá, cuando lo estime conveniente, y a propuesta del Director del Conservatorio Superior de Música, limitar la matrícula en cualquiera de las secciones del establecimiento, fijando el número de plazas proveyéndolas por concurso, cuyas condiciones deberán publicarse, por lo ménos, seis meses antes de la fecha en que éste ha de llevarlo a efecto.
Cuando el Consejo lo estime conveniente, podrán exijir como condicion de ingreso al Conservatorio Superior, el bachillerato de humanidades.