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Artículo 18 de la Ley 20.799

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1071104 / 9534913.

Texto oficial

Artículo 18.- Sustitúyese, a partir del 1 de enero del año 2015, los montos de "$ 260.285", "$ 295.181" y "$ 317.506", a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº19.429, por "$310.000.-", "$345.000.-" y "$367.000", respectivamente.