Texto oficial
Artículo 1º.- El presente reglamento establece las condiciones y características por las que se regirán los procesos de licitaciones públicas anuales, que deberá efectuar el Ministerio de Energía, para la provisión de bloques anuales de energía provenientes de Medios de Generación de Energía Renovable No Convencional, así como las disposiciones aplicables a la materialización y operación de los proyectos adjudicados, la remuneración de las inyecciones adjudicadas, la fiscalización y sanciones, y las demás materias necesarias para la debida ejecución de lo dispuesto en el artículo 150 ter de la Ley General de Servicios Eléctricos.