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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.801

Aumenta las plantas de personal de carabineros de chile; modifica la ley nº 20.502, que crea el ministerio del interior y seguridad pública, y la ley nº 18.961, orgánica constitucional de carabineros

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1073006 · idParte: 9544845

Texto oficial

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley se financiará con los recursos que se contemplen anualmente en el presupuesto de Carabineros de Chile.".