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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.802

Modifica la ley nº 19.718, que crea la defensoría penal pública, con el objeto de crear cargos para la defensa penal especializada de adolescentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1073323 / 9547673.

Texto oficial

Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley para el año de su entrada en vigencia se financiará con los recursos contemplados en el presupuesto de la Defensoría Penal Pública. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, suplementará dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con los referidos recursos.".