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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 23

Modifica planta de personal y planta profesional de horas de la ley nº 19.664, ambas del servicio de salud maule

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1073971 / 9551514.

Texto oficial

Artículo 2º. Créase en la Planta Profesional de Horas de la ley Nº 19.664 del Servicio de Salud Maule, fijada por el decreto con fuerza de ley Nº 18, de 2008, del Ministerio de Salud, 682 horas, que representan los cargos suprimidos en virtud del artículo anterior.