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Artículo SEXTO de Auto Acordado S/N

Auto acordado que establece los ministros que integrarán la sala tributaria de esta corte de apelaciones, la designación de ella y las materias que conocerá

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1075393 / 9580134.

Texto oficial

Sexto: Que a objeto de aumentar el número de Ministros habilitados para formar parte de la sala tributaria y aduanera, esta Corte en coordinación con la Academia Judicial dispondrán la realización de cursos especiales de perfeccionamiento en materia tributaria y aduanera, los que se impartirán dentro del año 2015 hasta el mes de octubre del año 2016 y al que deberán asistir todos los Ministros de este Tribunal de Alzada y que carezcan de dicha especialización, ello según la programación que oportunamente se llevará al efecto por el Señor Presidente de este mismo Tribunal colegiado. Respecto de aquellos Ministros que en el futuro se integren a esta Corte y que carezcan de la referida especialización, deberán asistir en forma obligatoria al curso que para dichos efectos imparte la Academia Judicial dentro del bienio siguiente a su incorporación.