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Artículo 16 de la Ley 20.820

Crea el ministerio de la mujer y la equidad de género, y modifica normas legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1075613 · idParte: 9582071

Texto oficial

Artículo 16.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4º de la ley Nº20.066: 1) Reemplázase, en sus incisos primero y tercero, la frase "Servicio Nacional de la Mujer" por "Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género". 2) Suprímese la letra c) de su inciso tercero, pasando la actual letra d) a ser c). 3) Agrégase el siguiente inciso cuarto: "Corresponderá al Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género prestar asistencia técnica a los organismos que intervengan en la aplicación de esta ley que así lo requieran.".