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Artículo 1 del Decreto Ley 726

Prohibí la imitación de billetes que tengan curso legal en chile y su circulación

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1076558 / 9592296.

Texto oficial

Artículo 1.o No será lícito a persona o entidad alguna, con escepcion de aquellas espresamente autorizadas por lei, hacer fotografías, grabados, litografías, impresiones o reproducir de cualquiera otra manera, billetes o partes de billetes que tengan circulacion legal en Chile. Tampoco será lícito reproducir en modo alguno, las planchas o matrices usadas en la fabricacion de esos billetes.