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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.831 · Modifica el código aeronáutico en materia de transporte de pasajeros y sus derechos

Modifica el código aeronáutico en materia de transporte de pasajeros y sus derechos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1076821 / 9592395.

Texto oficial

Artículo segundo.- El reglamento a que hace mención el inciso segundo del artículo 132 del Código Aeronáutico deberá ser dictado en el plazo de 90 días contado desde la publicación de la presente ley en el Diario Oficial.".