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Artículo 5 de la Ley 20.852 · Autoriza erigir un monumento a la exdiputada señora gladys marín millie

Autoriza erigir un monumento a la exdiputada señora gladys marín millie

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1079817 / 9624012.

Texto oficial

Artículo 5º.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones: a) Determinar la fecha y la forma en que se verificarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2º, y realizar las gestiones pertinentes destinadas a que éstas se efectúen. b) Determinar el sitio en que se ubicará el monumento, en coordinación con el alcalde respectivo, la Fundación Gladys Marín Millie y el Consejo de Monumentos Nacionales. Asimismo, disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley Nº17.288, sobre Monumentos Nacionales. c) Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo. d) Administrar el fondo creado en el artículo 3º. e) Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo. f) Cualquier otra destinada a la concreción de las obras.