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Artículo 2 de la Ley 20.847

Autoriza erigir un monumento en memoria del exministro, abogado y defensor de los derechos humanos señor jaime castillo velasco en la comuna de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1080002 / 9625068.

Texto oficial

Artículo 2°.- Las obras se financiarán mediante erogaciones populares, obtenidas por medio de colectas públicas, donaciones y otros aportes privados. Las colectas públicas se efectuarán en la Región Metropolitana y en las fechas que determine la comisión especial que se crea en el artículo 4°. Su producto se depositará en una cuenta especial que al efecto se abrirá en el Banco Estado.