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Artículo 7 de la Ley 20.842 · Crea las universidades estatales de la región de o'higgins y de la región de aysén

Crea las universidades estatales de la región de o'higgins y de la región de aysén

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1080237 / 9626511.

Texto oficial

Artículo 7º.- El rector de la universidad es su máxima autoridad y su representante legal, e integra como miembro titular el Consejo de Rectores a que se refiere el decreto con fuerza de ley Nº2, de 1985, del Ministerio de Educación.