Texto oficial
Artículo transitorio.-Los empleados de la Inspeccion Jeneral de Asistencia Social, en actual ejercicio, continuarán desempeñando los puestos correspondientes de la Direccion Jeneral de Beneficencia Pública, en la forma en que se establece por Decreto Supremo de esta misma fecha, y con los sueldos asignados actualmente. Los puestos nuevos no serán proveidos hasta que se consulten en la lei anual de presupuestos.
El presente decreto empezará a rejir desde su publicacion en el Diario Oficial.