Texto oficial
Artículo único. Declárase feriado nacional el día lunes 17 de Septiembre de 1934.
Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Declara feriado nacional el lunes 17 de septiembre de 1934
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1082216 / 9639640.