Texto oficial
Artículo 2º.- La asignación de fortalecimiento de la autoridad sanitaria contendrá un componente fijo y un componente proporcional.
Dicha asignación se pagará mensualmente. Asimismo, tendrá carácter imponible y tributable, y no servirá de base de cálculo de ninguna otra remuneración.
El personal que preste servicios por un periodo inferior a un mes tendrá derecho a que se le pague la asignación en proporción a los días completos efectivamente trabajados.