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Artículo transitorio de la Ley 20.878

Concede un bono especial, por única vez, a los funcionarios de los servicios de salud y de los establecimientos de salud de carácter experimental que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1083742 / 9648077.

Texto oficial

Artículo transitorio.- El gasto que represente la aplicación de esta ley será financiado con cargo a los recursos que contemplan los presupuestos vigentes de los respectivos servicios o instituciones indicados en el artículo único. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos.".