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Artículo 3 del Decreto 81

Aprueba reglamento de la ley nº 20.711 que implementa la convención de la haya que suprime la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1084423 / 9652232.

Texto oficial

Artículo 3º: La apostilla se expedirá respecto de documentos públicos y su otorgamiento se realizará electrónicamente, a solicitud del portador, por las autoridades u órganos públicos y en la forma que se establece en el presente Reglamento. Su tramitación y registro se efectuará en forma centralizada y en línea, mediante el Sistema Electrónico Único de Apostillas que regula el artículo 14º.