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Artículo 18 de la Ley 20.883

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1084822 / 9653776.

Texto oficial

Artículo 18.- Sustitúyese, a partir del 1 de enero del año 2016, los montos de "$310.000", "$345.000" y "$367.000", a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº 19.429, por "$337.900.-", "$376.050.-" y "$400.030.-", respectivamente.