Texto oficial
Artículo octavo. La Subsecretaría del Interior prestará el apoyo técnico y administrativo que sea necesario para el adecuado funcionamiento de la Comisión.
Las instituciones, organismos y/o servicios que integran la Comisión de Seguridad en Emergencias Radiológicas y sus funcionarios, colaborarán dentro del ámbito de sus respectivas competencias y atribuciones para el cumplimiento de los objetivos previstos en el presente decreto.