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Artículo 5 de la Ley 20.891

Perfecciona el permiso postnatal parental y el ejercicio del derecho a sala cuna para las funcionarias y funcionarios públicos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1086882 / 9667819.

Texto oficial

Artículo 5º.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº18.883, que aprueba el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales: 1. Intercálase en el inciso primero del artículo 69, entre el vocablo "licencias" y la conjunción "o", la frase ", permiso postnatal parental". 2. Agrégase en el artículo 110 el siguiente inciso segundo: "Durante el período de permiso postnatal parental regulado en el artículo 197 bis del Código del Trabajo, los funcionarios que hagan uso de él también continuarán gozando del total de sus remuneraciones.".