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Artículo TERCERO de la Ley 20.897

Modifica la ley nº 20.365, que establece franquicia tributaria respecto de sistemas solares térmicos; la ley general de servicios eléctricos y la ley que crea la enap

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1087315 / 9673755.

Texto oficial

Artículo tercero.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el año presupuestario de su entrada en vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio de Energía. No obstante, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementarlo en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos.".