Texto oficial
Artículo 64.- Las zonas de carga y descarga, al
exterior de la bodega, deberán contar con: piso sólido,
resistente a la acción del agua, un sistema de control de
derrames y materiales absorbentes para sustancias líquidas,
material de contención para sustancias sólidas y un
sistema manual de extinción de incendios. Aquellas
instalaciones que almacenen sólo sustancias de la clase 2,
podrán exceptuarse de contar con piso resistente a la
acción del agua y sistema de control de derrames en estas
zonas.
Si las sustancias que se mantienen en la zona de carga
y descarga al exterior requieren protección contra las
condiciones climáticas, se deberán proteger, al menos, con
techo con cubierta liviana.