Texto oficial
Artículo 190.- Todas las instalaciones para sustancias
peligrosas y los locales comerciales que vendan estas
sustancias deberán contar con un Plan de Emergencias, el
cual podrá ser parte integral del plan de emergencia
general de la empresa, cumpliendo con lo establecido en el
artículo 8 de la ley 20.564, Ley Marco de Bomberos de
Chile, y que incluya los siguientes apartados, según
corresponda:
a) Plano a escala del predio y su entorno, considerando un
radio de 50 m a la redonda desde los deslindes del sitio de
la empresa, detallando al menos lo siguiente:
. Sectores de producción
. Sectores de oficinas
. Casino(s)
. Instalaciones de almacenamiento de sustancias
peligrosas, indicando para cada una de ellas las clases y
divisiones de peligrosidad de las sustancias almacenadas, de
acuerdo a la NCh 382:2013.
. Vías de evacuación, zonas de seguridad.
. Sistemas de seguridad, tales como: red húmeda, red
seca, sistemas manuales contra incendio, sistemas de control
de derrames.
. Sitios colindantes
. Residencias y centros de población
. Salas cunas y jardines infantiles
. Establecimientos educacionales
. Establecimientos de salud
. Establecimientos de uso público
. Otras instalaciones industriales
. Cuerpos de agua superficiales
b) Plano de cada instalación de almacenamiento de
sustancias peligrosas, especificando la clase de sustancia
almacenada de acuerdo a la NCh 382:2013.
c) Listado de sustancias peligrosas almacenadas por
instalación de almacenamiento, detallando lo siguiente para
cada sustancia:
. Nombre químico y común
. Cantidad promedio mensual estimada
. Capacidad máxima de la bodega
. Clase y división de peligrosidad, de acuerdo a la
NCh 382:2013.
. Hoja de datos de seguridad de acuerdo a lo
establecido en el Título V, "De la ficha u hoja de datos de
seguridad" del decreto supremo Nº 57, de 2019, del
Ministerio de Salud, que aprueba reglamento de
clasificación, etiquetado y notificación de sustancias
químicas y mezclas peligrosas.
d) Cadena de mando
. Director para las emergencias y Director(es)
Alterno(s) (persona o cargo), definiendo sus
responsabilidades y funciones.
. Cadena de mando, indicando los nombres, teléfonos y
cargos de los principales encargados.
. Responsabilidades, funciones y mecanismos de
coordinación de cada individuo dentro de la empresa
(trabajadores, contratistas, visitas).
e) Procedimiento de emergencia:
. Identificación de los posibles tipos de emergencia,
tales como: incendios, explosiones, derrames y fugas y los
criterios que justifican la activación del Plan,
describiendo para cada tipo los procedimientos a seguir para
el alza de la alarma, respuesta, evacuación y seguimiento
de la emergencia. Adicionalmente, se deben definir las
condiciones bajo las cuales se puede considerar terminada la
emergencia y las eventuales medidas de reparación de daños
y contaminación.
. Sistemas de comunicación.
. Procedimientos para informar oportunamente a la
Autoridad Sanitaria y a otras autoridades con competencia,
sobre la ocurrencia de la emergencia.
. Definir las emergencias que podrían requerir ayuda
externa, detallando el tipo de ayuda, cómo movilizarla y a
quien se solicitará.
. Definir y señalizar las zonas de seguridad al
interior de la instalación.
f) Listar equipos e instrumental disponibles en la
instalación para detectar y analizar sustancias peligrosas
y señalar su ubicación.
g) Listar sistemas y equipos disponibles en la
instalación para enfrentar emergencias, señalar su
ubicación y programas de mantención.
h) Listar equipos y elementos de protección personal
disponibles en la instalación y señalar su ubicación.
i) Mantenimiento de la Operatividad del Plan, incorporando
simulacros al menos una vez al año, y que incluya lo
siguiente:
. Programa de capacitación anual sobre conocimientos
básicos del Plan a todo el personal que trabaja en la
empresa.
. Programa de capacitación anual sobre conocimientos
específicos del Plan al personal que pudiera estar
involucrado directamente en una emergencia, incluyendo como
mínimo: sustancias que se manejan y sus peligros asociados,
letra e) de este artículo y prevención y extinción de
incendios.
. Programa de revisiones periódicas del Plan, al menos
una vez al año.
. Programación anual, definición y resultados de
simulacros de activación del Plan.
Se debe mantener un registro de cada una de estas
actividades realizadas.