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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.911

Crea el plan de formación ciudadana para los establecimientos educacionales reconocidos por el estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1088963 / 9691722.

Texto oficial

Artículo segundo.- El Ministerio de Educación impulsará a más tardar durante el año 2017 la incorporación de una asignatura obligatoria de Formación Ciudadana para los niveles de 3º y 4º año de la enseñanza media, de conformidad al procedimiento contemplado en el artículo 31 del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que permite establecer las bases curriculares.".