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Artículo ÚNICO de la Ley 20.916 · Modifica la fecha de las elecciones primarias municipales

Modifica la fecha de las elecciones primarias municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1089482 / 9697048.

Texto oficial

"Artículo único.- Reemplázase el inciso primero del artículo 14 de la ley Nº20.640, que Establece el Sistema de Elecciones Primarias para la Nominación de Candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes, por el siguiente: "Artículo 14.- Las declaraciones de candidaturas a Presidente de la República, a Parlamentario y a Alcalde para participar en las elecciones primarias, sólo podrán hacerse hasta las veinticuatro horas del sexagésimo día anterior a aquel en que deba realizarse la elección primaria.".