Texto oficial
Artículo tercero.- Las vacantes que se produzcan por efecto de la provisión de los cargos señalados en los artículos primero y segundo transitorios del presente decreto con fuerza de ley, se proveerán, de ser posible, simultáneamente como parte de los mismos concursos internos de antecedentes a que se refieren los artículos segundo y tercero transitorios de la ley N° 20.853 y siguiendo iguales reglas.