Texto oficial
Artículo 7º.- Los gestores de residuos peligrosos que determine el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos deberán contar con un seguro por daños a terceros y al medio ambiente.
Establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje
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