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Artículo 5 de la Ley 20.926 · Autoriza erigir un monumento en memoria de la folclorista señora margot loyola palacios

Autoriza erigir un monumento en memoria de la folclorista señora margot loyola palacios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1091447 / 9707666.

Texto oficial

Artículo 5°.- La comisión especial tendrá las siguientes funciones: 1. Determinar la fecha y forma en que se verificarán las colectas públicas a que se refiere el artículo 2°, y realizar las gestiones pertinentes destinadas a que estas se efectúen. 2. Determinar el sitio en que se ubicará el monumento y disponer y supervigilar su construcción, previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la ley N°17.288, sobre Monumentos Nacionales. 3. Llamar a concurso público de proyectos para la ejecución de las obras, fijar sus bases y resolverlo. 4. Administrar el fondo creado en el artículo 3°. 5. Abrir una cuenta corriente especial para gestionar el referido fondo. 6. Cualquier otra destinada a la concreción de las obras.