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Artículo de la Ley S/N · Nombramiento de presidente y vice-presidente de la república

Nombramiento de presidente y vice-presidente de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1092342 / 9713503.

Texto oficial

1° La persona que administre el Poder Ejecutivo nacional se titulará en adelante Presidente de la República. 2° Habrá un Vice-Presidente que subrogue al Presidente en los casos de muerte, ausencia ó enfermedad grave. 3° Teniendo en consideración las reiteradas instancias del Director Supremo para que desde luego se elija a la persona que haya de sucederle, en atención a las actuales circunstancias del país, se nombra para Presidente de la República hasta la promulgación de la Constitución, al Teniente Jeneral D. Manuel Blanco Encalada, y para Vice-Presidente a D. Agustin de Eizaguirre. 4° Comuníquese al Poder Ejecutivo para su promulgación, cumplimiento y circulación."