Texto oficial
"Artículo 1°.- Establécese una asignación de productividad para el personal de planta y a contrata del Servicio de Registro Civil e Identificación, en adelante el "Servicio", con excepción de aquel que se encuentra afecto a las disposiciones del Título VI de la ley N°19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica.