Texto oficial
Art. 2.°
Se declara también que el año último a que se refiere el inciso final del citado art. 5.° se entenderá cerrado el primero de julio del año en que deben verificarse las calificaciones.
Lei aclaratoria de la de elecciones.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1092746 / 9722319.