Texto oficial
ART. 41
La Corte de Apelaciones fallará los recursos, estén ó no presentes las partes, antes del 10 de Diciembre, y devolverá los antecedentes el 11 del mismo mes.
Ley electoral
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1092747 / 9723927.