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Artículo 4 del Decreto 206

Aprueba reglamento orgánico del servicio de salud del ambiente de la region metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10944 / 7141354.

Texto oficial

Artículo 4°.- El Servicio de Salud del Ambiente será el continuador legal de los Servicios de Salud de la Región Metropolitana, con los mismos derechos y obligaciones que a éstos correspondían, en las materias propias de la competencia que la ley radica en este Servicio.