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Artículo 6 del Decreto 206

Aprueba reglamento orgánico del servicio de salud del ambiente de la region metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10944 / 7141356.

Texto oficial

Artículo 6°.- Serán funciones específicas del Servicio: a) Elaborar los programas que deban realizar de acuerdo con las políticas, planes generales y normas técnicas determinadas por el Ministerio y ejecutar las acciones que se requieren para su cumplimiento en el ámbito geográfico de la Región Metropolitana. b) Controlar el desarrollo de los programas y evaluar los resultados de ellos. c) Efectuar investigaciones operacionales que tiendan a mejorar el conocimiento de los problemas de salud generados por el medio ambiente. d) Desarrollar las acciones de coordinación intra y extrasectorial necesarias. e) Formular programas de capacitación técnica para el personal. f) Desarrollar las actividades de extensión necesarias para adecuar a la población sobre problemas de salud generados por el medio ambiente. g) Ejercer las demás funciones que le asignen las leyes.