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Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.960 · Regula el derecho a sufragio en el extranjero

Regula el derecho a sufragio en el extranjero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1095759 / 9741047.

Texto oficial

Artículo segundo.- Los gastos que irrogue esta ley en su primer año presupuestario de aplicación se financiarán con los recursos consultados en la Partida 05 Ministerio del Interior y Seguridad Pública y en la Partida 06 Ministerio de Relaciones Exteriores y, en lo que faltare, con recursos provenientes de la Partida 50 Tesoro Público. Para los años siguientes, estos gastos se financiarán con cargo a los recursos que consulte anualmente la Ley de Presupuestos del Sector Público.".